Hostlya
Hostlya
Clientes
Restaurantes

Contrato de encargo del tratamiento

Versión: 2026-10-25

Qué es y cómo se acepta

Este es el contrato de encargo del tratamiento entre cada restaurante (responsable) y Hostlya (encargado), exigido por el art. 28 del RGPD. Su núcleo son las cláusulas contractuales tipo de la Comisión Europea para responsables y encargados (Decisión de Ejecución (UE) 2021/915). Según su artículo 1, esas cláusulas "cumplen los requisitos aplicables a los contratos entre los responsables y los encargados del tratamiento contemplados en el artículo 28, apartados 3 y 4" del RGPD.

Las cláusulas se reproducen literalmente. Solo se han elegido las opciones que el propio texto prevé y se han rellenado los anexos, que es lo que permite la cláusula 2. Las condiciones particulares añaden garantías que no contradicen las cláusulas, como también permite la cláusula 2, letra b).

Aceptación: el contrato es electrónico, como admite el art. 28.9 del RGPD. Lo acepta el Administrador de la cuenta en nombre del restaurante, y la plataforma guarda la constancia (ver condiciones particulares, punto 1).

Orden del documento: condiciones particulares, cláusulas contractuales tipo (texto oficial) y anexos I a IV.

Condiciones particulares

  1. Aceptación y constancia. El Administrador de la cuenta acepta este contrato en nombre del restaurante y declara tener facultades para hacerlo. La plataforma guarda el restaurante, el usuario, su nombre y email, la versión aceptada, la fecha y hora, la IP y el navegador. Esa constancia equivale a la "firma y fecha de adhesión" del anexo I. Si el texto cambia, se pide aceptar la nueva versión.
  2. Opciones elegidas en las cláusulas:
    • cláusula 1, letra a): opción 1 (Reglamento (UE) 2016/679);
    • cláusula 5 (opcional): no se incluye;
    • cláusula 7.7: opción 2, autorización general por escrito, con una antelación de quince (15) días;
    • cláusula 8, letra c), punto 4): opción 1 (art. 32 del Reglamento (UE) 2016/679);
    • cláusula 9: opción 1 (arts. 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679).
  3. Instrucciones documentadas (cláusula 7.1). Son instrucciones del responsable este contrato, la configuración que el restaurante elija en la plataforma y las indicaciones que dé por escrito, incluido el correo electrónico a info@hostlya.com.
  4. Avisos de Hostlya al restaurante (subencargados, violaciones de seguridad, solicitudes de interesados): al email de la cuenta del Administrador y, cuando sea posible, también en el panel de la plataforma.
  5. Violaciones de seguridad (cláusula 9.2). Además de hacerlo "sin dilación indebida", Hostlya notificará al restaurante en un plazo máximo de 48 horas desde que tenga constancia, para que pueda notificar a la AEPD dentro de las 72 horas del art. 33 del RGPD.
  6. Datos sensibles (cláusula 7.5). La plataforma no pide datos de salud. Si el restaurante anota alergias u otros datos de salud en las observaciones de reservas o pedidos, se aplican las garantías del anexo II.
  7. Fin del servicio (cláusula 10, letra d)). Al darse de baja, el restaurante puede descargar sus datos (PDF y CSV) durante 30 días. Después, Hostlya los suprime, salvo:
    • Registro de jornada: el restaurante elige entre que Hostlya lo conserve bloqueado por su cuenta hasta cumplir 4 años desde cada registro (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores), o que se lo entregue y lo suprima. Si no elige, se conserva bloqueado.
    • Tickets y facturas: se conservan bloqueados durante 6 años (art. 30 del Código de Comercio), salvo que el restaurante pida que se le entreguen y se supriman.

    Bloqueado significa que los datos solo se pueden consultar o exportar a petición del restaurante, de los interesados o de una autoridad competente (art. 32 de la LOPDGDD), y que se suprimen al terminar el plazo.

  8. Ámbito. El contrato cubre los datos que la plataforma trata por cuenta del restaurante. No cubre los datos de los que Hostlya es responsable, que se rigen por su Política de privacidad: las cuentas de acceso a la plataforma, las cuentas de cliente en hostlya.com y la contratación y facturación del propio servicio.
  9. Jerarquía y ley aplicable. Si este contrato contradice los Términos de uso, prevalece este contrato (cláusula 4). Se rige por el RGPD, la LOPDGDD y la legislación española.

Cláusulas contractuales tipo (texto oficial)

Texto del anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2021/915, con las opciones elegidas en las condiciones particulares.

SECCIÓN I

Cláusula 1. Finalidad y ámbito de aplicación

a) La finalidad de las presentes cláusulas contractuales tipo (en lo sucesivo, «pliego de cláusulas») es garantizar que se cumpla el artículo 28, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).

b) Los responsables y encargados del tratamiento enumerados en el anexo I han dado su consentimiento a vincularse por el presente pliego de cláusulas a fin de garantizar el cumplimiento del artículo 28, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) 2016/679 y/o del artículo 29, apartados 3 y 4, del Reglamento (UE) 2018/1725.

c) El presente pliego de cláusulas se aplica al tratamiento de datos personales especificado en el anexo II.

d) Los anexos I a IV forman parte del pliego.

e) El presente pliego de cláusulas se entiende sin perjuicio de las obligaciones a las que esté sujeto el responsable en virtud del Reglamento (UE) 2016/679 y/o del Reglamento (UE) 2018/1725.

f) El presente pliego de cláusulas no garantiza por sí mismo el cumplimiento de las obligaciones relativas a las transferencias internacionales contempladas en el capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 y/o del Reglamento (UE) 2018/1725.

Cláusula 2. Invariabilidad del pliego de cláusulas

a) Las partes se comprometen a no modificar el pliego de cláusulas, excepto para añadir o actualizar información en los anexos.

b) Esto no es óbice para que las partes incluyan en un contrato más amplio las cláusulas contractuales tipo que contiene el presente pliego, ni para que añadan otras cláusulas o garantías adicionales siempre que no contradigan, directa o indirectamente, el pliego de cláusulas ni perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de los interesados.

Cláusula 3. Interpretación

a) Cuando en el presente pliego de cláusulas se utilizan términos definidos en el Reglamento (UE) 2016/679 o en el Reglamento (UE) 2018/1725, se entiende que tienen el mismo significado que en el Reglamento correspondiente.

b) El presente pliego de cláusulas deberá leerse e interpretarse con arreglo a las disposiciones del Reglamento (UE) 2016/679 y/o del Reglamento (UE) 2018/1725.

c) No se podrán realizar interpretaciones del presente pliego de cláusulas que entren en conflicto con los derechos y obligaciones establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679 y el Reglamento (UE) 2018/1725 y/o que perjudiquen los derechos o libertades fundamentales de los interesados.

Cláusula 4. Jerarquía

En caso de contradicción entre el presente pliego de cláusulas y las disposiciones de acuerdos conexos entre las partes que estuvieren en vigor en el momento en que se pactare o comenzare a aplicarse el presente pliego de cláusulas, prevalecerá el presente pliego de cláusulas.

Cláusula 5 (opcional). Cláusula de incorporación: no se incluye.

SECCIÓN II. OBLIGACIONES DE LAS PARTES

Cláusula 6. Descripción del tratamiento o tratamientos

En el anexo II se especifican los pormenores de las operaciones de tratamiento y, en particular, las categorías de datos personales y los fines para los que se tratan los datos personales por cuenta del responsable.

Cláusula 7. Obligaciones de las partes

7.1. Instrucciones

a) El encargado tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas del responsable, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que se aplique al encargado. En tal caso, el encargado informará al responsable de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público. El responsable también podrá dar instrucciones ulteriores en cualquier momento del período de tratamiento de los datos personales. Dichas instrucciones deberán estar siempre documentadas.

b) El encargado informará inmediatamente al responsable si las instrucciones dadas por el responsable infringen, a juicio del encargado, el Reglamento (UE) 2016/679, el Reglamento (UE) 2018/1725 o las disposiciones aplicables del Derecho de la Unión o de los Estados miembros en materia de protección de datos.

7.2. Limitación de la finalidad

El encargado tratará los datos personales únicamente para los fines específicos del tratamiento indicados en el anexo II, salvo cuando siga instrucciones adicionales del responsable.

7.3. Duración del tratamiento de datos personales

El tratamiento por parte del encargado solo se realizará durante el período especificado en el anexo II.

7.4. Seguridad del tratamiento

a) El encargado aplicará, como mínimo, las medidas técnicas y organizativas especificadas en el anexo III para garantizar la seguridad de los datos personales. Una de estas medidas podrá consistir en la protección contra violaciones de la seguridad que ocasionen la destrucción, pérdida o alteración accidental o ilícita de datos personales, o la comunicación o acceso no autorizados a dichos datos («violación de la seguridad de los datos personales»). A la hora de determinar un nivel adecuado de seguridad, las partes tendrán debidamente en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, y los riesgos que entraña el tratamiento para los interesados.

b) El encargado solo concederá acceso a los datos personales tratados a los miembros de su personal en la medida en que sea estrictamente necesario para la ejecución, la gestión y el seguimiento del contrato. El encargado garantizará que las personas autorizadas para tratar los datos personales recibidos se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria.

7.5. Datos sensibles

Si el tratamiento afecta a datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, datos genéticos o datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o la orientación sexual de una persona física, o datos relativos a condenas e infracciones penales («datos sensibles»), el encargado aplicará restricciones específicas y/o garantías adicionales.

7.6. Documentación y cumplimiento

a) Las partes deberán poder demostrar el cumplimiento del presente pliego de cláusulas.

b) El encargado resolverá con presteza y de forma adecuada las consultas del responsable relacionadas con el tratamiento con arreglo al presente pliego de cláusulas.

c) El encargado pondrá a disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego de cláusulas y que deriven directamente del Reglamento (UE) 2016/679 y del Reglamento (UE) 2018/1725. A instancia del responsable, el encargado permitirá y contribuirá a la realización de auditorías de las actividades de tratamiento cubiertas por el presente pliego de cláusulas, a intervalos razonables o si existen indicios de incumplimiento. Al decidir si se realiza un examen o una auditoría, el responsable podrá tener en cuenta las certificaciones pertinentes que obren en poder del encargado.

d) El responsable podrá optar por realizar la auditoría por sí mismo o autorizar a un auditor independiente. Las auditorías también podrán consistir en inspecciones de los locales o instalaciones físicas del encargado y, cuando proceda, realizarse con un preaviso razonable.

e) Las partes pondrán a disposición de las autoridades de control competentes, a instancia de estas, la información a que se refiere la presente cláusula y, en particular, los resultados de las auditorías.

7.7. Recurso a subencargados

a) AUTORIZACIÓN GENERAL POR ESCRITO: El encargado cuenta con una autorización general del responsable para contratar a subencargados que figuren en una lista acordada. El encargado informará al responsable específicamente y por escrito de las adiciones o sustituciones de subencargados previstas en dicha lista con al menos quince (15) días de antelación, de modo que el responsable tenga tiempo suficiente para formular objeción a tales cambios antes de que se contrate al subencargado o subencargados de que se trate. El encargado del tratamiento proporcionará al responsable la información necesaria para que pueda ejercer su derecho a formular objeción.

b) Cuando el encargado contrate a un subencargado para llevar a cabo actividades de tratamiento específicas (por cuenta del responsable), lo hará por medio de un contrato que imponga al subencargado, en esencia, las mismas obligaciones en materia de protección de datos que las impuestas al encargado en virtud del presente pliego de cláusulas. El encargado se asegurará de que el subencargado cumpla las obligaciones a las que esté sujeto en virtud del presente pliego de cláusulas y del Reglamento (UE) 2016/679 y/o del Reglamento (UE) 2018/1725.

c) El encargado proporcionará al responsable, a instancia de este, una copia del contrato con el subencargado y de cualquier modificación posterior del mismo. En la medida en que sea necesario para proteger secretos comerciales u otro tipo de información confidencial, como datos personales, el encargado podrá expurgar el texto del contrato antes de compartir la copia.

d) El encargado seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable del cumplimiento de las obligaciones que imponga al subencargado su contrato con el encargado. El encargado notificará al responsable los incumplimientos por parte del subencargado de las obligaciones que le atribuya dicho contrato.

e) El encargado pactará con el subencargado una cláusula de tercero beneficiario en virtud de la cual, en caso de que el encargado desaparezca de facto, cese de existir jurídicamente o sea insolvente, el responsable tendrá derecho a rescindir el contrato del subencargado y ordenar a este que suprima o devuelva los datos personales.

7.8. Transferencias internacionales

a) Las transferencias de datos a un tercer país o a una organización internacional por parte del encargado solo podrán realizarse siguiendo instrucciones documentadas del responsable o en virtud de una exigencia expresa del Derecho de la Unión o del Estado miembro al que esté sujeto el encargado; se llevarán a cabo de conformidad con el capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 o del Reglamento (UE) 2018/1725.

b) El responsable se aviene a que, cuando el encargado recurra a un subencargado de conformidad con la cláusula 7.7 para llevar a cabo actividades de tratamiento específicas (por cuenta del responsable) y dichas actividades conlleven una transferencia de datos personales en el sentido del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679, el encargado y el subencargado puedan garantizar el cumplimiento del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679 utilizando cláusulas contractuales tipo adoptadas por la Comisión, con arreglo al artículo 46, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/679, siempre que se cumplan las condiciones para la utilización de dichas cláusulas contractuales tipo.

Cláusula 8. Ayuda al responsable del tratamiento

a) El encargado notificará con presteza al responsable las solicitudes que reciba del interesado. No responderá a dicha solicitud por sí mismo, a menos que el responsable le haya autorizado a hacerlo.

b) El encargado ayudará al responsable a cumplir sus obligaciones al responder a las solicitudes de ejercicio de derechos de los interesados teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento. En el cumplimiento de las obligaciones que le atribuyen las letras a) y b), el encargado cumplirá las instrucciones del responsable.

c) Además de la obligación del encargado de ayudar al responsable en virtud de la cláusula 8, letra b), el encargado también ayudará al responsable a garantizar el cumplimiento de las obligaciones siguientes teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga el encargado:

  1. la obligación de realizar una evaluación del impacto de las operaciones de tratamiento en la protección de datos personales («evaluación de impacto») cuando sea probable que un tipo de tratamiento suponga un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas;
  2. la obligación de consultar a las autoridades de control competentes antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto relativa a la protección de los datos muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo si el responsable no toma medidas para mitigarlo;
  3. la obligación de garantizar que los datos personales sean exactos y estén actualizados, informando sin demora al responsable si el encargado descubre que los datos personales que está tratando son inexactos o han quedado obsoletos;
  4. las obligaciones contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2016/679.

d) Las partes establecerán en el anexo III medidas técnicas y organizativas apropiadas que obliguen al encargado a ayudar al responsable a aplicar la presente cláusula, así como el objeto y el alcance de la ayuda requerida.

Cláusula 9. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos personales

En caso de violación de la seguridad de los datos personales, el encargado colaborará con el responsable y le ayudará a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679 o los artículos 34 y 35 del Reglamento (UE) 2018/1725, en su caso, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información de que disponga el encargado.

9.1. Violación de la seguridad de datos personales tratados por el responsable

En caso de violación de la seguridad de los datos personales en relación con los datos tratados por el responsable, el encargado ayudará al responsable en lo siguiente.

a) Notificar la violación de la seguridad de los datos personales a las autoridades de control competentes sin dilación indebida una vez tenga constancia de ella, si procede (a menos que sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas).

b) Recabar la información siguiente, que, de conformidad con el artículo 33, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/679, deberá figurar en la notificación del responsable, que debe incluir como mínimo:

  1. la naturaleza de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados;
  2. las consecuencias probables de la violación de la seguridad de los datos personales;
  3. las medidas adoptadas o propuestas por el responsable del tratamiento para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo, en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y, a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación indebida.

c) Cumplir, con arreglo al artículo 34 del Reglamento (UE) 2016/679, la obligación de comunicar sin dilación indebida al interesado la violación de la seguridad de los datos personales cuando sea probable que la violación de la seguridad entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.

9.2. Violación de la seguridad de datos personales tratados por el encargado

En caso de violación de la seguridad de datos personales tratados por el encargado, este lo notificará al responsable sin dilación indebida una vez que el encargado tenga constancia de ella. Dicha notificación deberá incluir como mínimo:

a) una descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad (inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados y de registros de datos afectados);

b) los datos de un punto de contacto en el que pueda obtenerse más información sobre la violación de la seguridad de los datos personales;

c) sus consecuencias probables y las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad, incluyendo las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.

Cuando y en la medida en que no se pueda proporcionar toda la información al mismo tiempo, en la notificación inicial se proporcionará la información de que se disponga en ese momento y, a medida que se vaya recabando, la información adicional se irá proporcionando sin dilación indebida.

Las partes establecerán en el anexo III los demás elementos que deberá aportar el encargado cuando ayude al responsable a cumplir las obligaciones que le atribuyen los artículos 33 y 34 del Reglamento (UE) 2016/679.

SECCIÓN III. DISPOSICIONES FINALES

Cláusula 10. Incumplimiento de las cláusulas y resolución del contrato

a) Sin perjuicio de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y/o el Reglamento (UE) 2018/1725, en caso de que el encargado del tratamiento incumpla las obligaciones que le atribuye el presente pliego de cláusulas, el responsable podrá ordenar al encargado que suspenda el tratamiento de datos personales hasta que este vuelva a dar cumplimiento al presente pliego de cláusulas, o resolver el contrato. El encargado informará con presteza al responsable en caso de que no pueda dar cumplimiento al presente pliego de cláusulas por cualquier motivo.

b) El responsable estará facultado para resolver el contrato en lo que se refiera al tratamiento de datos personales en virtud del presente pliego de cláusulas cuando:

  1. el tratamiento de datos personales por parte del encargado haya sido suspendido por el responsable con arreglo a la letra a) y no se vuelva a dar cumplimiento al presente pliego de cláusulas en un plazo razonable y, en cualquier caso, en un plazo de un mes a contar desde la suspensión;
  2. el encargado incumpla de manera sustancial o persistente el presente pliego de cláusulas o las obligaciones que le atribuye el Reglamento (UE) 2016/679 y/o el Reglamento (UE) 2018/1725;
  3. el encargado incumpla una resolución vinculante de un órgano jurisdiccional competente o de las autoridades de control competentes en relación con las obligaciones que les atribuye el presente pliego de cláusulas, el Reglamento (UE) 2016/679 y/o el Reglamento (UE) 2018/1725.

c) El encargado estará facultado para resolver el contrato en lo que se refiera al tratamiento de datos personales en virtud del presente pliego de cláusulas cuando, tras haber informado al responsable de que sus instrucciones infringen los requisitos jurídicos exigidos por la cláusula 7.1, letra b), el responsable insiste en que se sigan dichas instrucciones.

d) Tras la resolución del contrato, el encargado suprimirá, a petición del responsable, todos los datos personales tratados por cuenta del responsable y acreditará al responsable que lo ha hecho, o devolverá todos los datos personales al responsable y suprimirá las copias existentes, a menos que el Derecho de la Unión o de los Estados miembros exija el almacenamiento de los datos personales. Hasta que se destruyan o devuelvan los datos, el encargado seguirá garantizando el cumplimiento con el presente pliego de cláusulas.

Anexo I. Lista de partes

Responsable: el restaurante que acepta este contrato en la plataforma.

  • Nombre y dirección: los datos fiscales que constan en su cuenta (razón social, NIF y domicilio).
  • Persona de contacto: el Administrador de la cuenta (nombre, email y teléfono de su perfil).
  • Firma y fecha de adhesión: la aceptación electrónica registrada en la plataforma (condiciones particulares, punto 1).

Encargado: Raúl Vaquero Domínguez, persona física titular de hostlya.com, que presta el servicio con el nombre Hostlya (en este contrato, «Hostlya»).

  • Nombre: Raúl Vaquero Domínguez.
  • Dirección: Avenida Las Angustias, 34, 10300 Navalmoral de la Mata (Cáceres).
  • Persona de contacto: Raúl Vaquero Domínguez, titular, info@hostlya.com.
  • Delegado de protección de datos: no designado.
  • Firma y fecha de adhesión: la publicación de este texto en la plataforma, con su versión y fecha.

Anexo II. Descripción del tratamiento

Categorías de interesados, categorías de datos personales y finalidades

InteresadosDatos personalesFinalidad (por cuenta del restaurante)
Clientes que reservan o piden (en mesa, por teléfono u online)Nombre, teléfono, email, dirección de entrega y sus coordenadas, observaciones de la reserva o del pedidoGestionar reservas y pedidos y avisar al cliente de su estado
Clientes a los que se emite facturaNombre o razón social, NIF, dirección y emailEmitir y conservar tickets y facturas y, si el restaurante lo activa, remitir los registros a la AEAT (Verifactu)
Personal del restaurante (usuarios del Equipo)Nombre, apellidos, email, teléfono, rol y acciones realizadas en la plataforma (por ejemplo, quién cobró un ticket)Dar acceso a la plataforma y dejar trazabilidad de la actividad
Personal que fichaHoras de entrada, salida y pausas; ubicación y precisión solo en el momento de fichar y distancia al local; correcciones y respuestas del trabajadorLlevar el registro diario de jornada (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores)
Personal y clientes con avisos activadosSuscripción a notificaciones del navegador e identificador del dispositivo de cocinaEnviar avisos y mantener las pantallas de cocina

Datos sensibles tratados y garantías. La plataforma no pide datos sensibles. Las observaciones de reservas y pedidos son texto libre y el restaurante puede anotar alergias o intolerancias, que son datos de salud. Para esos datos se aplican estas garantías:

  • solo los ve el personal del restaurante con acceso a reservas o pedidos;
  • no se usan para otra finalidad, ni se analizan ni se ceden;
  • solo se transmiten a los subencargados del anexo IV y solo para prestar el servicio;
  • se suprimen o anonimizan cuando el restaurante suprime o anonimiza la reserva o el pedido.

Naturaleza del tratamiento. Alojamiento, registro, organización, conservación, consulta, modificación a instancia del restaurante, comunicación por email o notificación al propio interesado, exportación y supresión de datos, mediante una plataforma de software en la nube.

Duración del tratamiento. Mientras el restaurante mantenga su cuenta en la plataforma. Después se aplica la condición particular 7: devolución, supresión o conservación bloqueada.

Tratamiento por subencargados. El objeto, la naturaleza y la duración de cada uno figuran en el anexo IV; su duración es la del servicio principal.

Anexo III. Medidas técnicas y organizativas

Identificación y autorización de usuarios

  • Cada persona entra con su propio usuario (email y contraseña); no hay cuentas compartidas.
  • Las contraseñas se guardan con hash bcrypt; la sesión va en una cookie no accesible desde JavaScript (httpOnly) y caduca a los 7 días.
  • Permisos por rol en lista blanca (Administrador, Gestor, Operador, Cocina, Reparto, Solo fichaje): cada rol accede solo a lo que necesita, y un rol nuevo no tiene acceso por defecto.
  • Cada petición comprueba que el usuario pertenece al restaurante cuyos datos pide: los datos de un restaurante no son accesibles desde otro.
  • Límite de intentos en el inicio de sesión, el registro, la recuperación de contraseña y la activación de cuentas.

Protección en la transmisión y en el almacenamiento

  • Todas las comunicaciones van cifradas (HTTPS).
  • El certificado electrónico de facturación de cada restaurante se guarda cifrado.

Integridad

  • Tickets, facturas y registro de jornada se guardan solo por inserción y encadenados con huellas SHA-256; el registro de jornada lleva además firma HMAC y numeración correlativa. Hay una verificación que detecta cualquier alteración o borrado.
  • Las correcciones y anulaciones son registros nuevos, con autor, fecha y motivo; el original no se modifica.

Disponibilidad y restauración

  • Copia de seguridad completa (base de datos y archivos) antes de cada actualización del software.
  • Las copias se descargan por conexión cifrada (SSH) a un equipo del titular y se guardan fuera del servidor.

Registro de actividad e incidentes

  • Registro de los cambios relevantes (quién, qué y cuándo) y de los eventos de facturación.
  • Registros técnicos del servidor para detectar y analizar incidentes.

Protección de datos desde el diseño y por defecto

  • Minimización: la plataforma no pide datos sensibles; la ubicación del trabajador solo se toma al fichar, y las exportaciones muestran la distancia al local, no las coordenadas.
  • Retención limitada: el restaurante puede activar la eliminación automática del teléfono de reservas y pedidos al terminar, y anonimizar una reserva o un pedido concretos.
  • Portabilidad y supresión: exportación en PDF y CSV de tickets, facturas y registro de jornada; supresión al terminar el servicio según la condición particular 7.

Gobernanza

  • Solo el titular accede al servidor y a la base de datos, por conexión cifrada (SSH).
  • Cada cambio de software pasa una batería de pruebas automáticas antes de desplegarse, y antes de cada despliegue se hace copia de seguridad.

Ayuda al responsable (cláusulas 8 y 9)

  • Para atender los derechos de los interesados, el restaurante puede consultar, rectificar, exportar y anonimizar los datos desde la plataforma, y pedir a Hostlya lo que no pueda hacer por sí mismo.
  • En una violación de seguridad, Hostlya facilita la información de la cláusula 9.2 y, además, la hora de detección, los sistemas afectados, el registro de accesos disponible y las medidas tomadas.

Anexo IV. Subencargados autorizados

Lista acordada a efectos de la cláusula 7.7 (autorización general). Hostlya avisará de cualquier alta o sustitución con 15 días de antelación.

SubencargadoPaísTratamientoDatosGarantía si sale del EEE
IONOS (servidor)España (centro de datos de Logroño)Alojamiento de la plataforma, la base de datos y los archivos, durante todo el servicioTodosNo salen del EEE
IONOS SE (correo)AlemaniaEnvío de emails: activación de cuentas, avisos de reservas y pedidos, facturas y resúmenes a la gestoríaEmail, nombre y contenido del mensajeNo salen del EEE
Mapbox, Inc.EE. UU.Buscar y situar en el mapa direcciones de entregaDirección escrita o coordenadasMarco de Privacidad de Datos UE-EE. UU., según la certificación que declara Mapbox
Servicios de notificaciones push de los navegadores (Google, Mozilla, Apple, Microsoft)EE. UU.Entregar al dispositivo los avisos que el usuario ha activadoIdentificador de la suscripción; el contenido va cifrado de extremo a extremo y no pueden leerloLa de cada proveedor: Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU. o cláusulas contractuales tipo de la Comisión

Fuentes